A partir del 1 de enero de 2024, se extiende la limitación extraordinaria en la actualización anual de la renta para los contratos de alquiler de viviendas regidos por la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU). Desde marzo de 2022, se ha utilizado la variación del Índice de Garantía de Competitividad (IGC), con un límite máximo del 2%, en lugar del Índice de Precios al Consumo (IPC). En la renovación anual del alquiler, propietarios e inquilinos deben acordar cualquier aumento, y en ausencia de acuerdo, el incremento no puede superar el 3%.
La modificación, establecida por la disposición final sexta de la Ley de Vivienda, afecta a los contratos vigentes entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024. Para los grandes tenedores, el aumento está sujeto al acuerdo entre las partes, con un límite del 3%, y en ausencia de acuerdo, se aplica la misma limitación. Para los propietarios que no son grandes tenedores, el aumento queda sujeto al acuerdo entre las partes o, en su ausencia, a un límite del 3%.
El aumento limitado al 3% a partir de enero de 2024 se enfrenta a críticas, ya que algunos argumentan que no refleja la realidad del mercado. Los alquileres medios de viviendas de dos habitaciones en España se sitúan en 775 euros al mes, y la subida máxima representaría aproximadamente 23 euros adicionales al mes.
Se ha destacado que el límite en las subidas de precios no es la única causa de la disminución en la oferta de alquileres. El miedo a la falta de pagos y a la ocupación de las viviendas también juega un papel importante. Para abordar estos problemas, se sugieren soluciones como seguros de impago para propietarios y la consulta de bases de datos de morosidad al seleccionar inquilinos.